Testament Solidari

Cada vegada són més les persones que decideixen prolongar el seu compromís solidari amb l’eradicació de la pobresa i l’exclusió, així com promoure el desenvolupament integral de les persones i els pobles, especialment dels més pobres i exclosos, en compliment de la missió institucional com a acció de la comunitat cristiana.

Fer testament és la manera d’assegurar-te que quan no estiguis els teus béns i el teu patrimoni, la teva herència, es distribuiran i empraran segons la teva voluntat. Tan sols amb 800€ pots ajudar a una família de tres membres.

Si desitges més informació, pots posar-te en contacte amb nosaltres en el telèfon 971 717 289
o a través del correu administracio@caritasmallorca.org.

Com es fa un Testament Solidari?

Información básica

Si decideixes incloure a Càritas Diocesana de Mallorca al teu testament, es molt important fer constar les nostres dades significatives:

Càritas Diocesana de Mallorca, amb domicili al carrer Seminari, 4- 07001 Palma.

C.I.F. R0700067B

Amb la teva decissió, contribuïràs a oferir el teu suport a qui més ho necessiti en el futur. 

Contacto en Cáritas

Si has decidit incloure a Càritas Diocesana de Mallorca en el teu testament, comparteix la teva decisió amb nosaltres.

Volem agrair el teu compromís. És a més important per a garantir el compliment de la teva voluntat. Tractarem la informació amb absoluta confidencialitat.

Responsable: Joan Bassa
E-mail: administracio@caritasmallorca.org

 Informació bàsica

Si decideixes incloure a Càritas Diocesana de Mallorca al teu testament, és molt important fer constar les nostres dades identificatives:

Càritas Diocesana de Mallorca, amb domicili al carrer Seminari, 4- 07001 Palma.

C.I.F. R0700067B

Amb la teva decisió, contribuïràs a oferir el teu suport a qui  més ho necessiti en el futur. 

 Contacte a Càritas

Si has decidit incloure a Càritas Diocesana de Mallorca en el teu testament, comparteix la teva decisió amb nosaltres.

Volem agrair el teu compromís. És a més important per a garantir el compliment de la teva voluntat. Tractarem la informació amb absoluta confidencialitat.

Responsable: Joan Bassa
E-mail: administracio@caritasmallorca.org

 

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Preguntas frecuentes

¿Qué es un testamento?

El testamento es definido por el Código Civil como la declaración de voluntad escrita de una persona, testador, por la que dispone el destino de sus bienes y obligaciones, o parte de ellos, para después de su muerte.

¿Y un legado?

Es el acto a través del cual una persona, en su testamento, decide asignar una parte concreta de sus bienes o derechos a otra persona física o jurídica determinada.

Es importante destacar que conlleva la limitación de no poder perjudicar en ningún caso la legítima de los herederos forzosos.

Los legados deben otorgarse obligatoriamente mediante testamento, indicándolo en el mismo de forma expresa.

¿Qué es una herencia y cómo se divide?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que por el fallecimiento de una persona se transmite a los sucesores y que, con carácter general, la ley divide en tres partes.

Es importante señalar que se debe tener en cuenta los derechos forales de las distintas Comunidades Autónomas que contienen excepciones a la norma.

Se puede dividir en tres partes:

  • Tercio de legítima: se reparte entre los hijos del testador a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, heredarán sus descendientes por derecho de representación, a partes iguales.
  • Tercio de mejora: el testador tiene cierta disponibilidad sobre esta parte a la hora de adjudicarla. Se debe repartir también entre los hijos y descendientes, pero no necesariamente a partes iguales. Se puede beneficiar a unos hijos frente a otros. Si no hay testamento, o éste no dice nada al respecto, el tercio de mejora se suma a la legítima y se reparte a partes iguales entre los hijos y descendientes.
  • Tercio de libre disposición: el testador puede decidir con absoluta libertad su adjudicación a un familiar, un tercero o a una persona jurídica.
¿Por qué es recomendable hacer testamento?

Hacer testamento es recomendable porque es un procedimiento sencillo, económico y útil para decidir sobre el destino del patrimonio y evitar así problemas a posteriori a familiares y allegados.

El testador, la persona que hace testamento, puede ordenar sus deseos y saber que se cumplirán cuando no esté.

El notario asesora e informa a la persona interesada en hacer testamento en función de sus circunstancias personales.

¿Qué ocurre si no hago testamento?

Si no realizas testamento, es la ley quien designa los herederos siguiendo un orden de parentesco.

En caso de que no haya herederos y no se haya redactado testamento, la ley designa como heredero al Estado.

¿Es necesario redactar testamento para incluir a Cáritas en la herencia?

Sí, las herencias y los legados deben otorgarse mediante testamento ante notario e indicarse de forma expresa.

Si decides incluir a Cáritas Mallorca en tu testamento, es muy importante hacer constar nuestros datos identificativos. Son los siguientes:

Cáritas Diocesana de Mallorca
C/ Seminari, 4- 07001 Palma
R0700067B

¿Puedo modificar mi testamento?

Sí, el testamento se puede modificar tantas veces como estimes necesario. Simplemente hay que realizar uno nuevo.

No existen límites legales respecto al número de cambios sobre el testamento, se puede cambiar tantas veces como se desee.

¿Tiene Cáritas que pagar impuestos por las herencias testadas a su favor?

No, la parte de la herencia a favor de Cáritas Mallorca no se verá mermada por impuestos, ya que, al ser una persona jurídica no está sujeta al impuesto de sucesiones.

Asimismo, los ingresos derivados de herencias y legados están exentos en el impuesto de Sociedades por ser una organización no lucrativa acogida a las exenciones fiscales recogidas en la Ley 49/2002.

¿Cómo conoce Cáritas que he testado a su favor?

El notario que haya autorizado el testamento está obligado, en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.

Si en el testamento se ha designado albacea, éste debe notificar su designación a todos los beneficiarios del testamento, ya que está obligado a cumplir la voluntad del testador.

Si decides incluir a Cáritas Mallorca en tu testamento, comparte tu decisión con nosotros. Queremos agradecer tu compromiso. Es además importante para garantizar el cumplimento de tu voluntad. Trataremos la información con absoluta confidencialidad. 

Donde esté tu tesoro, allí estará también tu corazón.

Mateo 6, 21